Debes tener en cuenta que en principio quien se someta a la insolvencia siempre que cumpla los requisitos de la misma deberá solicitar dentro de las condiciones propuestas en la negociación de la deuda incluir a aquel otro deudor solidario que se encuentre dentro de sus obligaciones a fin de que se estudie dicha opción, en caso contrario la ley solamente ampara al deudor que la solicite. Ahora bien es necesario validar alternativas complementarias a fin de proteger en el codeudor.